DECLARACION SOBRE LA INCINERACION DE CADAVERES


En los últimos tiempos con frecuencia se solicita a la Santa Sede permiso para la incine­ración de cadáveres. La Santa Sede ha moderado su incineración de cadáveres doctrina porque concurren otros motivos serios, como es la costumbre o tradición de un pueblo (en algunas partes de la India) y el elevado costo de las fosas, recomendaciones de salud, etc.

La Santa Sede concede mucha atención al sentido religioso de cada pueblo cristiano que puede sentirse profundamente afectado por la introducción de una práctica desconocida 0 ajena para ellos.

Para salvaguardar los valores inherentes al sentido religioso de cada pueblo cristiano la nueva doctrina sobre la incineración de cadáveres establece que:

Nunca podrán celebrarse los ritos de sepultura eclesiástica y los subsiguientes sufra­gios en el lugar mismo donde se efectúa la cremación, ni siquiera en forma de simple acompañamiento en el traslado del cadáver (Cfr. Instrucción de la Sagrada Congregación del Santo Oficio, 5 de julio de 1963; AA55ó (1964) 822-823.

Abrigamos la esperanza de que esta información ilustre a todo el pueblo de Puerto Rico y oriente a nuestros legisladores.

La Iglesia:

1.  Continua mostrando su preferencia por la incineración de cadáveres inhumación de cadáveres.

2. Permite la cremación pero sólo cuando quienes la piden se mueven a ello únicamente por razones de higiene, o de economía, o de otra índole bien sea de orden publico, bien de orden privado; nunca por sectarismo contra la religión católica o por odio a la Iglesia y a sus dogmas, y

3.  Para subrayar la prestancia de la inhumación, prohíbe que se celebren los ritos de la sepultura eclesiástica, etc., en el lugar de la cremación.

25 de mayo de 1975 (Fragmentos)

Para sugerencias o correcciones puede escribir a  webnet@pionet.org

Pionet.org
Copyright © 2000 Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. All rights reserved.