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DECLARACION SOBRE LA INCINERACION DE CADAVERES En los últimos tiempos con frecuencia se solicita a la
Santa Sede permiso para la incineración de cadáveres. La Santa Sede
ha moderado su incineración de cadáveres doctrina porque concurren
otros motivos serios, como es la costumbre o tradición de un pueblo (en
algunas partes de la India) y el elevado costo de las fosas,
recomendaciones de salud, etc. La Santa Sede concede mucha atención al sentido religioso
de cada pueblo cristiano que puede sentirse profundamente afectado por
la introducción de una práctica desconocida 0 ajena para ellos. Para salvaguardar los valores inherentes al sentido
religioso de cada pueblo cristiano la nueva doctrina sobre la incineración
de cadáveres establece que: Nunca podrán celebrarse los ritos de sepultura eclesiástica
y los subsiguientes sufragios en el lugar mismo donde se efectúa la
cremación, ni siquiera en forma de simple acompañamiento en el
traslado del cadáver (Cfr. Instrucción de la Sagrada Congregación del
Santo Oficio, 5 de julio de 1963; AA55ó (1964) 822-823. Abrigamos
la esperanza de que esta información ilustre a todo el pueblo de Puerto
Rico y oriente a nuestros legisladores. La Iglesia: 1. Continua
mostrando su preferencia por la incineración de cadáveres inhumación
de cadáveres. 2. Permite la cremación pero sólo cuando quienes la
piden se mueven a ello únicamente por razones de higiene, o de economía,
o de otra índole bien sea de orden publico, bien de orden privado;
nunca por sectarismo contra la religión católica o por odio a la
Iglesia y a sus dogmas, y 3. Para
subrayar la prestancia de la inhumación, prohíbe que se celebren los
ritos de la sepultura eclesiástica, etc., en el lugar de la cremación.
25 de
mayo de 1975 (Fragmentos) |
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